blog de la asociación urbanismo ciudadano de cuenca

miércoles, 13 de febrero de 2008

URBANISMO CIUDADANO Y EL RECINTO FERIAL

LA LEY, EL RECINTO FERIAL, O LA EXCUSA PARA
UN GRAN “PELOTAZO” URBANÍSTICO

No habría que recordar que el Ayuntamiento de Cuenca tiene la obligación de cumplir la Ley; y cuando se dice Ayuntamiento, se dice Alcalde, Concejales y técnicos responsables. Y no solo de cumplirla, sino de hacerla cumplir y de denunciar cualquier actuación ilegal o irregular que conozcan.
Además hay otros organismos que también tienen encomendado la vigilancia en el cumplimiento de la Ley en materia urbanística, como las unidades correspondientes de la Guardia Civil, e incluso, la Junta de Comunidades debe intervenir en caso de que de forma flagrante, el Ayuntamiento implicado no lo haga. Que se trajeran al Presidente Barreda a poner la primera piedra del Recinto Ferial, no le otorga la legalidad necesaria a las obras, más bien pudo ser una trampa, quizás intencionada, para pretender legitimarlas.
Ahora se ha conocido, a raíz de una nota de prensa de IU, lo que ya se intuía; que en el asunto del Recinto Ferial de Cuenca no se está cumpliendo la Ley. Todos lo reconocen de una manera u otra. Ateniéndonos a ella, las obras son ilegales pues no se ajustan a la ordenación urbanística vigente y se carece de los informes preceptivos y vinculantes de la Confederación Hidrográfica del Júcar, al estar construyéndose dentro de la zona de policía. Incluso en el caso de que estos informes al final fueran favorables, la obra seguiría siendo ilegal, pues la propia Ley de Ordenación del Territorio establece que las obras que sean contrarias a la ordenación territorial y urbanística vigente son ilegales, aunque estuvieran legitimadas por algún acto administrativo.
El proyecto de Plan de Ordenación Municipal, (POM), no legaliza esas obras, ya que aún no ha sido aprobado; y pudiera suceder que cuando se apruebe, no se pueda legalizar lo ya construido si se sigue adelante. No se puede ni se debe predeterminar ya de antemano lo que dirá el organismo competente para la aprobación definitiva del POM, sobre lo que se puede hacer en esos terrenos.
Pero lo más sustancial de esta obra no es la obra en sí y su utilidad, (nadie está en contra de que se construya un Recinto Ferial, de forma legal claro), ni siquiera el saber si está en zona inundable, pues ya sabemos todos que sí lo está, incluidos los redactores del proyecto. Otra cuestión es sí se puede construir en esa zona o no, aún considerando que no se debería. La vigente Ley de Suelo dice que los terrenos excluidos de su transformación mediante la urbanización por la legislación de “policía del dominio público”, y los que tengan riesgos de inundación, deben encontrarse en la “situación básica de suelo rural”. Ello además sin recordar que el artículo 11 de la Ley de Aguas establece que los terrenos que puedan resultar inundados “conservarán la calificación jurídica y la titularidad dominical que tuvieran”.
Estos aspectos que recoge la legislación vigente, se las recordó URBANISMO CIUDADANO a todos los grupos del Ayuntamiento de Cuenca y al Alcalde directamente, mediante un escrito registrado el día 27 de julio de 2007.


Lo más sustancial en este asunto es su financiación y las implicaciones urbanísticas que tiene esa financiación.
Esta obra se esta financiando en base a un convenio urbanístico firmado por el Alcalde Cenzano y el grupo DAVECON, que no ha pasado todos los trámites obligatorios para su aprobación y por ello, su ejecución al día de hoy podría ser considerado un acto administrativo nulo de pleno derecho.
Con ese convenio se pretende la recalificación y reclasificación de un buen número de metros cuadrados que en el Plan General de Ordenación Urbana vigente están destinados a zonas verdes y de equipamiento y que son o deberían ser casi en su totalidad, de propiedad municipal.
Sin embargo una parte muy importante de esos terrenos, (la mitad aproximadamente) llegó a manos del grupo empresarial DAVECON, que aún sabiendo su destino en la ordenación urbanística del vigente Plan General de Ordenación Urbana, los compró.
A partir de ese momento, lo que se pretende es impedir que el Ayuntamiento se haga con la propiedad de 42.979 m2 de suelo destinados a equipamiento, (propiedad que debería haber adquirido cuando aprobó todos los Programas de Actuación Urbanizadora de los sectores de suelo urbanizable en los que se contempla la edificabilidad necesaria para su adquisición), privándonos a todos de ese espacio público de inestimable valor; y destinarlos a usos residenciales con una alta densidad, quedando definitivamente en manos de DAVECON. A cambio, este grupo empresarial hace una pequeña “donación” para la construcción del Recinto Ferial, a través del mencionado convenio urbanístico.
El Ayuntamiento de Cuenca acepta esa donación más otra parte importante de dinero a cargo de aprovechamientos urbanísticos inexistentes al día de hoy, pues el convenio no está aprobado y la recalificación y reclasificación que implica tampoco. Su aprobación debe hacerse en el marco del nuevo POM y para eso queda mucho tiempo. Hasta tanto no se apruebe ese POM no puede considerase válido ese convenio. Por cierto, POM y convenio que han recibido un número importante de fundamentadas alegaciones, entre ellas, las del partido que presentó para Alcalde al Sr. Pulido.
Pero es que además, según nuestro criterio, si aplicamos la actual legislación sectorial y urbanística, las estipulaciones de ese convenio y esa reclasificación propuesta, no podrían aprobarse en los términos en que están planteadas.
También se puede afirmar que el Ayuntamiento de Cuenca, es decir, el Alcalde, los Concejales responsables que votaron a favor, (y los que hacen que se continúe para adelante), más los técnicos que no han hecho las advertencias correspondientes, están incumpliendo además de la legislación urbanística y del dominio público hidráulico, el principio de prudencia que según las normas legales debe regir la gestión presupuestaria y contable del Ayuntamiento, por aceptar unos dineros que están condicionados a un convenio y a una reclasificación que podrían llegar a no poder aprobarse.
El interés general, en un Estado de Derecho, pasa por el respeto a las Leyes y a los procedimientos administrativos en los que la participación ciudadana está establecida a través del obligatorio trámite de información pública. Pero, ¿y si además, en defensa del interés general, la mayoría opinara que los cerca de ocho millones de euros que cuesta el Recinto Ferial se deberían dedicar a otras actuaciones de mayor interés social?. ¿Y si opinaran que las formas de obtener los recursos, reclasificando suelos públicos de equipamientos para usos residenciales de uso privado no les convence?. Porque hay una cuestión imperdonable en todo este asunto, y es que el Ayuntamiento, o sea, las personas responsables de antes y de ahora, nunca han querido decir ni explicar claramente, ni siquiera en el Consejo Social, las formas de financiación de esta obra.

Cuenca, 11 de febrero de 2008

ANEXO

En la fotografía aparecen los terrenos, (denominados Sistema General de Equipamiento QG-101A), que el Ayuntamiento debería haber adquirido con cargo a los excedentes de edificabilidad de los sectores de suelo urbanizable del área de reparto del II cuatrienio del Plan General de Ordenación Urbana vigente.
Sin embargo la mayor parte de esos terrenos los ha comprado DAVECON y en el convenio suscrito con el Alcalde de Cuenca en enero de 2006, se pretenden reclasificar para usos residenciales con la mayor densidad que permite la Ley.



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