blog de la asociación urbanismo ciudadano de cuenca

sábado, 20 de diciembre de 2008

EL TRIBUNAL DE CUENTAS INFORMA SOBRE EL NUEVO P.O.M.

LO QUE DICE EL TRIBUNAL DE CUENTAS SOBRE LA ELABORACIÓN DEL NUEVO PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL

Se inicio con la tramitación de un expediente de contratación para la Revisión y Adaptación del Plan de Ordenación Municipal de Cuenca y la redacción de la cartografía necesaria.
El pliego de condiciones técnicas del contrato reguló de forma exhaustiva los trabajos a realizar para la cartografía, y las condiciones sobre las que se tiene que asentar la redacción de la revisión del Plan, limitándose a establecer de forma genérica que el documento a redactar contendrá las determinaciones adecuadas a su finalidad, conforme a la normativa estatal y autonómica que le eran aplicables.
En este sentido, no se han previsto por parte del Ayuntamiento actuaciones dirigidas a que no vuelvan a repetirse las deficiencias del POM de 1996 objeto de revisión, ni se ha fijado en los pliegos exigencias, comunes en otros Municipios para la contratación de trabajos similares, consistentes en la necesaria realización de una serie de estudios básicos dirigidos a una adecuada justificación de la nueva ordenación estructural del municipio, tales como:

- Estudio de población, que incluya las necesidades de desarrollo urbano con sus tendencias de crecimiento y usos actuales del suelo, necesario para que no se produzca de nuevo la incorrecta evaluación de este aspecto en el Plan vigente, evidenciada en el incremento del 72% en el número de viviendas previstas, que se corresponde con una previsión de aumento de la población de más de 43.000 habitantes, respecto de la inicialmente prevista, fijada en 25.ooo habitantes.
- Estudio sobre las previsiones de la totalidad del suelo y afectación a éste de las obras que se están ejecutando, para así fijar el modelo municipal de ocupación del territorio y determinar las zonas de crecimiento. Este aspecto cobra especial relevancia dado que el modelo de desarrollo urbanístico que resulta tras continuas reclasificaciones es radicalmente distinto al que se preveía en el Plan de 1996.
- Estudio o análisis que establezca la clasificación y calificación del suelo, para así justificar el modelo que se va a proponer, y que permita determinar el uso global mayoritario y la definición de las intensidades y densidades de edificación máximas para cada sector, y todo ello teniendo en cuenta que la mala previsión en la clasificación y en la calificación del suelo realizado en el POM de 1996, supuso que el suelo urbanizable no programado se desarrollara en mayor medida y con anterioridad al programado, y que si bien se consideraba el industrial como uso global mayoritario, tan solo se desarrollas el 28% de suelo previsto para ese uso. Esta mala previsión se ha puesto de manifiesto también, en la tipología de las viviendas prevista.
- Por último destacar que tampoco se exige un Estudio de Impacto Ambiental por parte del adjudicatario para su incorporación al Plan, o cualquier otro que pueda ser relevante para la configuración de la ciudad, tales como estudios hidrográficos, arqueológicos, etc.

El contrato se adjudicó el 13 de diciembre de 2002 por importe de 387.280 euros a la misma empresa que resultó adjudicataria del contrato de redacción del POM de 1996, fijándose un plazo total de ejecución de los trabajos de 9 meses, divididos en 6 plazos parciales, estableciéndose una vigencia del contrato de 2 años, pudiendo prorrogarse por mutuo acuerdo de las partes, hasta un máximo de 4 años incluidas prórrogas.

Al día de hoy, ( 20 de diciembre de 2008), no hay decisión sobre la aprobación del POM, y han transcurrido 6 años desde su adjudicación.

A pesar de ello, la nueva Corporación del PP, que debería hacer caso a este informe de fiscalización, mira para otro lado, como si lloviera.

¿Que tiene que suceder en Cuenca para que en el Ayuntamiento se imponga un poco de sensatez y de racionalidad?

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